Decreto del Obispado de Cádiz, que impone nuevas normas a las cofradías a la hora de comprar arte sacro

Decreto del Obispado de Cádiz, que impone nuevas normas a las cofradías a la hora de comprar arte sacro

El Obispo de Cádiz y Ceuta ha emitido un nuevo decreto de Actos de Administración Extraordinaria, con el objetivo de clarificar el funcionamiento de entidades como las parroquias, instituciones de la Iglesia Diocesana, y Asociaciones Públicas de fieles, incluyendo Hermandades y Cofradías. Este nuevo decreto recopila y agrupa diversos preceptos del Código de Derecho Canónico y otras normas eclesiásticas en España.

Una de las novedades del decreto es la definición de qué se debe considerar como actos de administración ordinaria, es decir, aquellos que están dentro de las facultades del administrador según los estatutos de la entidad. Asimismo, se especifican aquellos actos que requieren licencia del Obispo por ser extraordinarios y tener la capacidad de afectar el patrimonio estable de la entidad.

El decreto actualiza la cantidad a partir de la cual se deben considerar determinados actos como de administración extraordinaria, elevando la cuantía a 10.000 euros. Este ajuste viene motivado por la subida de precios de los últimos años.

Otra innovación del decreto es que para la adquisición de nuevas imágenes, será suficiente la autorización otorgada por la Comisión Diocesana de Arte Sacro, sin necesidad de obtener licencia como Acto de Administración Extraordinaria, siempre que su valor no supere el 20% del presupuesto de gastos ordinarios de la entidad y, en todo caso, si su valor no supera los 10.000 euros.

Este nuevo decreto anula al anterior, emitido el 10 de diciembre de 2014, que a su vez refundía normas de decretos anteriores. Con estas medidas, se busca agilizar los procedimientos que inician las Parroquias y las Asociaciones Públicas de Fieles, y asegurar la adecuada administración de las entidades religiosas.

Fuente PortaldeCadiz

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